domingo, 26 de diciembre de 2010

El maltrato animal sin ensañamiento ya es delito

Nuevo Código Penal publicado en el BOE el 23 de junio de 2010
Entrará en vigor el 24 de diciembre de 2010, el día de nochebuena.


Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995,
de 23 de noviembre, del Código Penal.
http://www.boe.es/boe/dias/2010/06/23/pdfs/BOE-A-2010-9953.pdf

Se modifica el artículo 337, que queda redactado como sigue:
«El que por cualquier medio o procedimiento maltrate injustificadamente a un animal doméstico o amansado, causándole la muerte o lesiones
que menoscaben gravemente su salud, será castigado con la pena de tres meses a un año de prisión e inhabilitación especial de uno a tres años
para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales.»

Se modifica el artículo 631, que queda redactado como sigue:

«1. Los dueños o encargados de la custodia de animales feroces o dañinos que los dejaren sueltos o en condiciones de causar mal
serán castigados con la pena de multa de uno a dos meses.
2 Quienes abandonen a un animal doméstico en condiciones en que pueda peligrar su vida o su integridad serán castigados con la
pena de multa de quince días a dos meses.»
Disposición final séptima. Entrada en vigor.
La presente Ley Orgánica entrará en vigor a los seis meses de su completa publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

2 comentarios:

  1. sí, está fantástico, pero seguimos con "multa" para el abandono

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  2. Pues si, por desgracia avanzamos demasiado lentamente, pero cada vez somos más los que exigimos que eso cambie... Y yo quiero pensar que cambiará. Necesito pensarlo para tener fuerzas para seguir, porque es una dura lucha.

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